MUJER FRENTE A UNA COMPUTADORA SOSTENIENDO UNA TARJETA DE CREDITO Y RIENDO

Tarjetas de créditos: Todo lo que tenés que saber sobre tus derechos.

Tiempo de lectura: 3 min

Si posees una tarjeta de crédito, es fundamental conocer cómo actuar ante cargos no reconocidos, pérdida o robo, y los pasos para darla de baja si decides no utilizarla más.

¿Aplica la Ley de Defensa del Consumidor en Asuntos Relacionados con Tarjetas de Crédito?

Sí, según la Ley de Tarjeta de Crédito (Ley 25.065, Art. 3), todo lo relacionado con las tarjetas de crédito está regido por la Ley de Defensa de Consumidores y Usuarios.

 

Fecha de Cierre de la Tarjeta de Crédito

La fecha de cierre indica hasta cuándo se registran tus gastos para el próximo resumen. Los gastos posteriores a esta fecha aparecerán en el siguiente resumen (Ley 25.065, Art. 23).

 

No Recibí mi Resumen, ¿Qué Hago?

Aunque no recibas el resumen, debes pagar lo adeudado. La empresa emisora debe proporcionar un sistema para consultar la deuda y la fecha de vencimiento (Ley 25.065, Art. 25).

 

Pago Mínimo de la Tarjeta

El resumen permite pagar el total o un mínimo. Para mantenerla al día, paga al menos el mínimo; de lo contrario, se generan intereses (Ley 25.065, Art. 23, inc. n)).

 

Implicaciones del No Pago en la Fecha de Vencimiento

No pagar en la fecha de vencimiento te coloca en mora, con intereses compensatorios y punitorios. La tarjeta puede suspenderse hasta saldar la deuda (Ley 25.065, Arts. 18 y 19 al 21).

 

No hay Multas, Solo Intereses por Atraso

No pueden cobrarte multas por atrasos, solo intereses (Ley 25.065, Art. 14, inc. c)).

 

Errores en el Resumen: Reclama y Paga lo Acordado

Si encuentras errores, paga lo acordado y reclama el resto. La tarjeta debe responder en 30 días, y puedes rechazar la respuesta en 7 días si no estás de acuerdo (Ley 25.065, Art. 28).

 

Rechazar Gastos no Reconocidos Después de Pagar

Puedes rechazar gastos después de pagar el resumen, pero debes hacerlo antes de 30 días desde su recepción (Ley 25.065, Art. 30).

 

Pérdida o Robo: Notifica Inmediatamente

Ante pérdida o robo, notifica a la empresa emisora de inmediato. Deben proporcionarte un número de denuncia (Ley 25.065, Art. 26 y sig., y Art. 51).

 

Dar de Baja con Deuda Pendiente es Posible

Puedes dar de baja la tarjeta con deudas pendientes. La empresa puede reclamar, pero no cobrará gastos de mantenimiento (Ley 25.065, Art. 11).

 

Tarjetas Adicionales y su Responsabilidad

Las tarjetas adicionales autorizadas son tu responsabilidad. La empresa debe informar el costo de cada tarjeta adicional (Ley 25.065, Art. 6).

 

Dar de Baja Tarjetas Adicionales sin Afectar la Principal

Puedes dar de baja tarjetas adicionales y conservar la principal (Ley 25.065, Art. 12).

 

Derecho a Dar de Baja en Cualquier Momento

Puedes dar de baja tu tarjeta en cualquier momento. Comunica tu decisión a la empresa por medios que permitan probar el pedido (Ley 25.065, Art.11).

 

Renovación Automática y Opción de No Renovar

Si se renueva automáticamente, puedes pedir que no lo haga. Avísales 30 días antes del vencimiento. Si renuevan sin aviso, puedes dar de baja, pero pagarás los gastos de renovación (Ley 25.065, Art. 10).

 

Recepción de Tarjeta no Solicitada: Sin Obligación de Pago

Si recibes una tarjeta no solicitada, no tienes obligación de devolverla ni rechazarla. Simplemente, no la uses (Ley 24.240, Art. 35; Ley 25.065. Ley de tarjeta de crédito, Art. 10.)

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